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MANDATO

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS EN GUATEMALA


El 10 de enero de 2005, el Gobierno de Guatemala y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos firmaron un acuerdo para establecer formalmente una Oficina en el país.

El acuerdo fue aprobado por el Congreso de la República el 31 de mayo de 2005 y la Oficina inició labores formalmente el 20 de septiembre del mismo año.  Desde 2008, el acuerdo ha sido prorrogado sucesivamente por períodos de tres años. 

El establecimiento de la Oficina tiene la finalidad de contribuir a la protección y la promoción de los derechos humanos de la población.

El financiamiento de la Oficina proviene de las contribuciones voluntarias de los Estados miembros de la ONU. Las actividades de la Oficina no representan obligaciones financieras para Guatemala.

 

Mandato

Observar la situación de los derechos humanos, a fin de asesorar a las autoridades en la formulación y aplicación de políticas, programas y medidas para promover y proteger los derechos humanos en Guatemala.

Asesorar al Estado guatemalteco y, en las esferas de su competencia, a representantes de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y particulares.

Promover la observancia de los derechos humanos y la aplicación de las recomendaciones formuladas por órganos y mecanismos internacionales de derechos humanos.

Informar acerca de las actividades de la Oficina y la situación general de los derechos humanos en el país, no solamente a través del informe anual del Alto Comisionado, sino también mediante comunicados de prensa, pronunciamientos públicos, etc.

mandato1


Consulte el mandato de la Oficina en versión pdf. (link)

 

Principios

El trabajo de la Oficina se guía por los siguientes principios:

Imparcialidad, independencia, objetividad y transparencia, tal como lo establecen los principios de las Naciones Unidas.

Discreción en sus actuaciones y en la relación con todos los sectores involucrados en las esferas de su competencia.

Confidencialidad sobre la información recibida y sobre las fuentes de dicha información.

Comunicación constante con las autoridades estatales y organizaciones de la sociedad civil.

Respeto a las leyes y a las autoridades nacionales.

El equipo de trabajo

La Oficina está conformada por personal internacional y nacional. 

Las y los funcionarios de la Oficina tienen la facultad de:

Contactar a las autoridades centrales y locales de todos los sectores del Gobierno, incluidas las fuerzas de policía y de seguridad.

Realizar contactos directos con particulares, representantes de sectores no gubernamentales, instituciones privadas, hospitales, así como medios de información.

Acceder a documentos y materiales oficiales necesarios para el debido desempeño de las actividades de la Oficina, exceptuando a los que contengan información privilegiada y estén estipulados en la Constitución de la República.

Acceder a todas las cárceles, centros de detención y lugares de interrogatorio.

equipoDTrabajo

 

 

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