Experto en derechos humanos de la ONU pide el reconocimiento de los derechos de los usuarios de lengua de señas como minorías
Día Internacional de las Lenguas de Señas – 23 de septiembre del 2020
Comunicado de prensa – GINEBRA (22 de septiembre de 2020) – Las lenguas de señas son lenguajes naturales plenos. Sus usuarios tienen sus propias culturas e identidades, y tienen derecho a la gama completa de derechos humanos como integrantes de una minoría lingüística, dijo un experto en derechos humanos de la ONU.
Fernand de Varennes, Relator Especial sobre cuestiones de las minorías, emitió la siguiente declaración antes del Día Internacional de las Lenguas de Señas el 23 de septiembre, que marca la importancia de la lengua de señas en la plena realización de los derechos humanos de las personas con discapacidad auditiva o sordas.
“El Día Internacional de las Lenguas de Señas fue adoptado por consenso en la Asamblea General de la ONU el 19 de diciembre de 2017 para conmemorar la fecha en que se estableció la Federación Mundial de Sordos en 1951. Esta organización tiene como objetivo la preservación de las lenguas de señas y la cultura de las personas sordas como prerrequisitos para la realización de los derechos humanos de las personas sordas. El Día Internacional de las Lenguas de Señas es una oportunidad única para apoyar y proteger la identidad lingüística y la diversidad cultural de todas las personas sordas y otros usuarios de la lengua de señas.
Después de mi nombramiento como Relator Especial de la ONU sobre cuestiones de las minorías, y unas semanas antes de la resolución de la Asamblea General de la ONU, anuncié en el décimo Foro Anual de la ONU sobre cuestiones de las minorías en Ginebra que las personas que utilizan la lengua de señas deben ser consideradas integrantes de una minoría lingüística.
Este mensaje se verá reforzado en mi informe anual a la Asamblea General en octubre, el cual contiene un estudio detallado de las cuatro categorías minoritarias reconocidas en el sistema de la ONU. Esto expone de manera más completa el significado y alcance de estas categorías, explica por qué los usuarios de lenguas de señas son claramente también miembros de una minoría lingüística y, por lo tanto, no pueden limitarse únicamente a ser personas con discapacidad.
Como integrantes de minorías lingüísticas, los usuarios de lenguas de señas tienen identidades y culturas únicas asociadas con sus propias lenguas, y tienen derecho a la protección plena e igual de los derechos humanos internacionales en relación con el respeto y el uso de sus lenguas.
Hago un llamado a los Estados, para que continúen el proceso de reconocimiento y adaptación de los derechos humanos de los usuarios de lengua de señas como integrantes de minorías lingüísticas. Esto es necesario especialmente en el campo de la educación y el acceso a la atención médica y otros servicios públicos sin discriminación.
En esta importante fecha, también insto a los Estados a crear conciencia sobre la importancia del lenguaje de señas en la plena realización de los derechos humanos de las personas sordas, y a trabajar en estrecha colaboración con las asociaciones nacionales de personas sordas y organizaciones lideradas por personas sordas. “
FIN
Fernand de Varennes (Canadá), fue nombrado Relator Especial de la ONU sobre cuestiones de las minorías por el Consejo de Derechos Humanos en junio de 2017. El Consejo de Derechos Humanos de la ONU le ha encomendado la tarea de promover la implementación de la Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales, Étnicas, Religiosas y Lingüísticas, entre otras cosas. Es profesor extraordinario de la Facultad de Derecho de la Universidad de Pretoria en Sudáfrica; Cheng Yu Tung, profesor visitante de la Facultad de Derecho de la Universidad de Hong Kong; y profesor invitado en el Centro Irlandés de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Irlanda-Galway. Es uno de los principales expertos mundiales en derechos de las minorías en derecho internacional, con más de 200 publicaciones en unos 30 idiomas.
Los Relatores Especiales forman parte de lo que se conoce como Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Procedimientos Especiales, el organismo más grande de expertos independientes en el sistema de Derechos Humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y monitoreo del Consejo que abordan situaciones específicas de países o cuestiones temáticas en todas partes del mundo. Los expertos en procedimientos especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y sirven a título individual.
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